TÍTULO: “NECESIDAD DE ESTABLECER LA DEVOLUCIÓN DEL PAGO INDEBIDO DE PENSIONES ALIMENTICIAS EN EL CÓDIGO DE LA NIÑEZ Y ADOL
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![Cobro indebido de pensión compensatoria. Devolución de lo percibido, como cobro indebido, desde la fecha de la sentencia que acordó la extinción de la pensión compensatoria, aún cuando se recurriera la misma. Cobro indebido de pensión compensatoria. Devolución de lo percibido, como cobro indebido, desde la fecha de la sentencia que acordó la extinción de la pensión compensatoria, aún cuando se recurriera la misma.](https://1.bp.blogspot.com/-WBY25W0_5cI/Xal8atQhPuI/AAAAAAAAoLI/lUDsEZzvzhwX6z90lTfsuqxrJv5qXhJ0wCPcBGAYYCw/s1600/justicia-ciega.jpg)